Economía reglamentó las inversiones del Fondo de Asistencia Laboral, creado con la reforma laboral para afrontar futuros despidos. La normativa establece límites para deuda provincial y privada, pero no fija un techo equivalente para los títulos emitidos por el Estado nacional.
El Gobierno abrió una nueva vía potencial de financiamiento para el Tesoro a partir de los recursos destinados al pago de indemnizaciones laborales. El Ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo, reglamentó las inversiones que podrán realizar los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y dejó sin un límite específico la exposición a deuda del Estado nacional.
La decisión quedó establecida mediante la Resolución 1276/2026, que determina en qué instrumentos podrán invertirse los recursos acumulados en estos fondos. El esquema comenzará a funcionar el próximo 1° de noviembre y forma parte de la reforma laboral aprobada este año.
Los FAL fueron creados para que las empresas constituyan reservas destinadas a afrontar indemnizaciones por despidos y otras formas de finalización de una relación laboral. El mecanismo no elimina formalmente la indemnización ni libera al empleador de completar el pago si los recursos disponibles resultan insuficientes.
Cada empresa contará con una cuenta individual dentro de un fondo común de inversión o fideicomiso financiero administrado por entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los recursos serán de afectación específica, estarán separados del patrimonio de las administradoras y serán inembargables.
El sistema se financiará mediante una contribución mensual equivalente al 1% de la masa salarial imponible para las grandes empresas y al 2,5% para las micro, pequeñas y medianas empresas. Esos porcentajes podrán elevarse hasta el 1,5% y 3%, respectivamente, bajo las condiciones establecidas por la normativa.
La reglamentación de Economía incorporó ahora el componente financiero del sistema. Los fondos podrán adquirir títulos públicos nacionales a tasa fija, ajustados por CER, vinculados a TAMAR, dólar linked y bonos duales. También estarán habilitados para invertir en deuda provincial, obligaciones negociables privadas y depósitos bancarios.
Sin embargo, los límites establecidos no son iguales para todos los activos. La deuda provincial podrá representar como máximo el 15% de la cartera y las obligaciones negociables privadas tendrán un techo del 20%. Los depósitos en una misma entidad tampoco podrán superar el 15%, mientras que los instrumentos dólar linked tendrán un límite agregado del 10%.
Para los títulos del Tesoro Nacional, en cambio, la resolución no establece un porcentaje máximo equivalente, lo que permitiría que una porción significativa de los recursos acumulados para afrontar indemnizaciones termine invertida en deuda soberana.
La normativa también obliga a mantener al menos un 10% del patrimonio en activos de alta liquidez para garantizar la disponibilidad de fondos ante el pago de indemnizaciones. Dentro de ese grupo, Economía incluyó Letras del Tesoro en pesos, a tasa fija o ajustadas por CER, con hasta 90 días de plazo remanente.
De esta manera, incluso una parte del colchón de liquidez destinado a responder ante los despidos podrá quedar colocada en instrumentos emitidos por el propio Tesoro.
Otra diferencia aparece en los requisitos de calidad crediticia. Para adquirir deuda provincial u obligaciones negociables privadas será necesario que los instrumentos cuenten con calificación AAA en escala nacional otorgada por al menos dos calificadoras registradas ante la CNV. La resolución no establece ese mismo filtro para los títulos nacionales.
El volumen potencial del sistema es considerable. Según el cálculo realizado sobre los últimos datos disponibles del SIPA y tomando el RIPTE como referencia, una contribución uniforme del 1% podría representar alrededor de $113.000 millones mensuales y $1,36 billones anuales. Con una alícuota del 2,5%, el flujo teórico ascendería a unos $283.000 millones por mes y cerca de $3,4 billones al año.
El monto efectivo dependerá de la masa salarial alcanzada, la cantidad de trabajadores de grandes empresas y MiPyMEs y las remuneraciones imponibles, pero las cifras permiten dimensionar el tamaño que podría adquirir el nuevo fondo.
La CNV todavía deberá completar la reglamentación para poner en funcionamiento los vehículos de inversión. Mientras tanto, el diseño definido por Economía deja al Tesoro Nacional en una posición privilegiada para captar parte de los recursos que las empresas acumularán para afrontar futuras indemnizaciones laborales.

